Como servicio especializado en mudanzas y guardamuebles en Asturias, queremos explicarte cuáles son tus derechos como trabajador cuando quieras llevar a cabo una mudanza y es que posiblemente no sepas que en el trabajo te corresponden días remunerados para llevar a cabo este tipo de necesidades. 

Llevar a cabo o encontrar servicios de mudanzas y guardamuebles en Asturias puede ser una actividad muy estresante. Planificar, embalar y transportar todas tus pertenencias no es ni mucho menos una tarea fácil de gestionar. En un traslado es muy importante que te organices con antelación, ordenes y planifiques bien las fechas. Así, el día de la mudanza estarás preparado y podrás contar con ayuda de amigos o familiares. En caso de que no puedas llevar a cabo la mudanza en un fin de semana o fuera del horario laboral, no te agobies, en tu empresa deben darte el día libre. 

Según el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores corresponde un día libre remunerado por motivo de mudanza. Este derecho es para cualquier trabajador siempre y cuando se trate de la vivienda habitual. En el Estatuto no viene reconocido con cuántos días de antelación debemos avisar a nuestra empresa. Sin embargo, para evitarte malos tragos y como posiblemente lo tengas planificado con tiempo, te recomendamos que lo comuniques a tus superiores con al menos 15 días de antelación.

Si en tu puesto de trabajo te piden un justificante de esta realidad lo más sencillo es que presentes el certificado de empadronamiento, que podrás conseguir en tu Ayuntamiento y en el que figurará la nueva dirección de tu vivienda. Otra opción es presentar el contrato de propiedad o alquiler de la vivienda, ya que el empadronamiento puede ser algo más lento de conseguir. 

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